23/03/2018 | News,Patentes,Propiedad Intelectual

Cambio en el pago de la 3ª anualidad en la EPO

Modificaciones en el pago de tasas

Además del ya anunciado cambio en la cuantía de algunas de las tasas, la Oficina Europea de Patentes (EPO) ha introducido una modificación en la R. 51(1) EPC que define el plazo para el pago de la tercera anualidad (es la primera que se paga, ya que las dos primeras están incluidas en la tasa de solicitud). Hasta ahora, la EPO sólo permitía el pago de cualquier anualidad, como mucho, tres meses antes de la fecha de vencimiento (el último día del mes del aniversario de la presentación).

Si se pagaba antes de dicha fecha, la EPO devolvía el importe y la consideraba sin pagar, ya que más de tres meses antes del vencimiento «no había nada que pagar».

Pues bien, para aquellas terceras anualidades que venzan posteriormente al próximo 1 de abril de 2018, este plazo se extiende tres meses más: según esta modificación, el 1 de abril se podría pagar una anualidad que venciere el 30 de septiembre (teniendo en cuenta que las terceras anualidades vencen el último día del mes, la del 31 de octubre todavía no se podría pagar). Esto sólo afecta a las terceras anualidades, pero tanto de EP directas como de solicitudes Euro-PCT.

Efectos en los solicitantes

Al poner estos plazos en el contexto de la tramitación de la solicitud, esta tercera anualidad se podría pagar en el momento de la publicación de una solicitud EP prioritaria, antes de (o en el momento de) solicitar el comienzo del examen de la solicitud. Se da a los solicitantes así la posibilidad de juntar este pago con la petición del examen y el pago de la tasa de designación.

Para el presente año 2018, este cambio no va a tener un impacto en el ahorro de tasas para el solicitante, ya que el próximo 1 de abril no se va a incrementar el coste de las anualidades. Como es bien sabido, el importe a pagar se calcula según la tabla que esté en vigor en el momento de realizar el pago por lo que, cuando existe una subida en el precio de las tasas, se produce un ahorro si se paga la tasa antes del 1 de abril, que es la fecha en la que entra en vigor la subida. Por ello, es posible que el año próximo esta modificación pueda conllevar el ahorro de la subida de tasas (si ésta se produce) para solicitudes cuya tercera anualidad venza en julio, agosto o septiembre, ya que hasta ahora, con el plazo de 3 meses, los solicitantes estaban obligados a pagar posteriormente al 1 de abril.

El caso de la OEPM

Esta modificación contrasta con la práctica en la Oficina Española de Patentes y Marcas. Pese a tratarse de casos distintos, (en la OEPM, si la tercera anualidad vence antes de la concesión, el plazo para pagarse se abre con la publicación de la concesión), la OEPM realizó una modificación en sentido contrario para aquellas anualidades que vencen después de la publicación de la concesión: de poder pagarse la anualidad desde tres meses antes hasta el mes posterior sin recargo, la ventana se ha modificado «hacia delante», quedando situada entre la fecha de vencimiento del pago y los tres meses posteriores.

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