20/12/2017 | Inventos,Patentes,Propiedad Intelectual

¿Propiedad intelectual o propiedad industrial?

A menudo se escucha esta pregunta: ¿cuál es la diferencia entre la propiedad intelectual y la propiedad industrial? En este post trataremos de aclararlo de manera sencilla con algunos ejemplos cotidianos.

¿Qué tienen en común ambos términos?

Ambos son conceptos que se refieren a los derechos de protección de los bienes no tangibles que tienen que ver con una actividad económica o comercial; es decir, tanto la propiedad industrial como la intelectual otorgan una protección mediante un derecho exclusivo de monopolio sobre una creación intelectual, que excluye el uso del mismo por parte de terceros.

Son derechos temporales, es decir que al cabo de un cierto tiempo pasan a dominio público y cualquiera puede explotarlos. Son derechos territoriales, se registran para un determinado territorio, en el caso de España para el conjunto del territorio Español. Al tratarse de un bien, pueden cederse (venderse), licenciarse (alquilarse), o hipotecarse.

Entonces, ¿en qué se diferencian?

Si, por ejemplo, he inventado “la fregona”; para tratar de proteger mi invento, ¿debería referirme a la propiedad industrial o a la intelectual? Pues bien, en este caso, deberíamos referirnos a la propiedad industrial, pues ésta incide sobre creaciones que tienen utilidad industrial. Se podría proteger esta invención mediante una patente o un modelo de utilidad (ya explicaremos las diferencias entre ambos en otro post).

Y, ¿si he compuesto una canción o he escrito un libro? En ese caso se hablaría de derechos de propiedad intelectual, que incluye derechos de autor. Vemos que, en este caso, una novela no tiene utilidad industrial, sin embargo es fruto de una actividad creativa e inventiva.

Y, ¿si quiero proteger el nombre de mi banda de música para que no nos lo copien? Bien, en este caso, se trataría de registrar el nombre para proteger una marca o nombre comercial, los cuales pertenecen a la propiedad industrial.

Parece que ya vamos delineando las diferencias básicas entre propiedad industrial e intelectual. Veamos, ahora, ¿qué ocurre si he diseñado “una silla”? Como es algo artístico o estético pero también es una cosa que se utiliza; que tiene utilidad industrial, ¿sería entonces propiedad industrial o intelectual? En este caso, el diseño de una silla, sea como sea su color o forma, si no incorpora aspectos técnicos novedosos sino solamente aspectos relativos a la apariencia de un objeto, se podría proteger mediante un dibujo industrial o un modelo industrial, que pertenece a la propiedad industrial.

En resumen…

Propiedad Intelectual: el conjunto de derechos que protege las creaciones literarias y artísticas (novelas, esculturas, fotografías…, pero también bases de datos, y programas de ordenador).

Propiedad Industrial: protege las creaciones técnicas (invenciones y diseños a través de patentes, modelos de utilidad y diseños y modelos industriales) y su identificación en el mercado (marcas y nombres comerciales).

Así, un determinado producto puede acumular distintos derechos de propiedad industrial e intelectual. Por ejemplo, una banda de música puede registrar el nombre (Queen) o la marca como propiedad industrial, y sus composiciones (Bohemian Rhapsody) como propiedad intelectual.

Como segundo ejemplo, una empresa con un nombre comercial como Apple, puede registrar un producto con una marca (Iphone X) y proteger las innovaciones técnicas de ese producto mediante patentes (desbloqueo facial inteligente, pantalla táctil, etc.) pertenecientes a la propiedad industrial, mientras que protege los derechos de autor de un tono (Apple Ring) de llamada característico o una melodía propia a través de la propiedad intelectual.

Como última diferencia relevante entre la propiedad intelectual y la industrial, cabe recalcar que la propiedad intelectual no es registral, en el sentido de que el derecho existe aunque no se pida, siempre que se tenga una prueba de autoría. Por otra parte, la propiedad industrial sí es registral, no existe el derecho si no se solicita y se concede por parte de la oficina de patentes correspondiente.

En España, en concreto, la Oficina Española de Patentes y Marcas es la responsable de gestionar la Propiedad Industrial, mientras que en el Registro de la Propiedad Intelectual se gestiona la Propiedad Intelectual. No olvides que en TRBL IP disponemos de agentes de la propiedad industrial europeos, profesionales colegiados y expertos técnicos, para asesorarte y ayudarte a patentar tu invento o idea en todas las etapas del proceso. Consúltanos todas tus dudas.

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